martes, 28 de mayo de 2013

OFERTA DE EMPLEO:

Técnico en Dirección y Administración de Empresas.
LOCALIDAD:
Albacete.
REQUISITOS:
Dirigir y coordinar diferentes áreas y actividades de una asociación de discapacitados. Licenciados en Administración de Empresas. Contrato temporal con posibilidad de indefinido. Jornada completa.
INTERESADOS:
Enviar CV al correo electrónico:
oealbacete-cid-ofertas@jccm.es
Asunto: oferta 193 y nº de DNI.

OFERTA DE EMPLEO:
Dependienta para supermercado de productos latinos.
LOCALIDAD:
Ciudad Real.
REQUISITOS:
Preferiblemente mujer. Mayor de 30 años. Responsable, dinámica, buen trato. Formación básica. Necesariamente inscrita en la Oficina de Empleo desde el año 2012. Contrato indefinido.
INTERESADOS:
Enviar CV con foto al correo electrónico:
alfarerojag@hotmail.com
Asunto: Dependienta de comercio.

OFERTA DE EMPLEO:
Personal para peluquería.
LOCALIDAD:
Albacete.
REQUISITOS:
Tareas propias. Con experiencia. Entre 25 y 40 años de edad. Contrato temporal por baja maternal. Jornada completa.
INTERESADOS:
Enviar CV al correo electrónico:
ofertas-oealbacete-cubas@jccm.es
Asunto: Referencia M-6 y nº DNI.

OFERTA DE EMPLEO:
Camarero.
LOCALIDAD:
Albacete.
REQUISITOS:
Estudios grado medio-superior en hostelería/restauración. Preferiblemente sin experiencia y titulación obtenida hace menos de 5 años para contratos en prácticas. Indicar en el CV la fecha de obtención del título.
INTERESADOS:
Enviar CV al correo electrónico:
oealbacete-cid-ofertas@jccm.es
Asunto: oferta 192 y nº DNI.

OFERTA DE EMPLEO:
Plaza Técnico Medio en Informática.
LOCALIDAD:
Villanueva de los Infantes.
INTERESADOS:
BOP Ciudad Real de 27 de mayo de 2013.

lunes, 20 de mayo de 2013

ORDEN 29/04/2013, DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS Y SE CONVOCAN LAS AYUDAS INDIVIDUALES DE TRANSPORTE ESCOLAR PARA EL ALUMNADO MATRICULADO EN CENTROS DOCENTES PÚBLICOS NO UNIVERSITARIOS TITULARIDAD DE LA JCCM, DURANTE EL CURSO ESCOLAR 2012/2013.

Plazo de instancias de 15 días hábiles a partir del siguiente a la publicación.

Más información DOCM , nº 96, de 20 de mayo de 2013.

jueves, 9 de mayo de 2013

OFERTAS DE EMPLEO:

Auxiliar Administrativo con grado de discapacidad.
LOCALIDAD:
Villarrobledo (Albacete).
REQUISITOS:
Para el departamento comercial. Discapacidad acreditable de al menos el 33%. Dominio de inglés y francés.
INTERESADOS:
Llamar a la Oficina de Empleo de Villarrobledo. Teléfono: 967.14.11.12. Preguntar por Milagros, Rosa o Estéban.

OFERTAS DE EMPLEO:
Mecánico de motos.
LOCALIDAD:
Albacete.
REQUISITOS:
Con experiencia. Contrato temporal a jornada completa.
INTERESADOS:
Enviar CV a la Oficina de Empleo Nuestra Sra. Cubas de Albacete.
ofertas-oealbacete-cubas@jccm.es

OFERTA DE EMPLEO:
Enfermeros para piscinas de verano.
LOCALIDAD:
Ayuntamiento de Valdepeñas.
REQUISITOS:
Diplomatura en Enfermería o Estudios de Grado correspondiente.
INTERESADOS:
www.valdepeñas.es (Bolsa de Empleo).

OFERTA DE EMPLEO:
Ayudante de Camarero.
LOCALIDAD:
Ciudad Real (La Ferroviaria Castellana).
REQUISITOS:
Hombre de 20 a 30 años. Con experiencia de 2 años al menos.
INTERESADOS:
Enviar CV a la dirección de correo electrónico:
ideasadmonempresa@gmail.com

OFERTA DE EMPLEO:
10 Comerciales Vendedores.
LOCALIDAD:
Ciudad Real.
REQUISITOS:
Para venta de productos de eficiencia energética. Experiencia en sector venta y puntos fríos. B1 y Bachillerato.
INTERESADOS:
Enviar CV con fotografía a la dirección de correo electrónico:
aspbiomasa@gmail.com
Asunto “comerciales eficiencia energética, oferta 1878”.

OFERTA DE EMPLEO:
Delineante.
LOCALIDAD:
Alcázar de San Juan.
REQUISITOS:
Conocimientos de AUTOCAD. Para delineación de planos de obras. Jornada a tiempo parcial.
INTERESADOS:
Enviar CV a la dirección de correo electrónico:
jcmeridap@hotmail.com ATT. Javier.

OFERTA DE EMPLEO:
Ingeniero Industrial.
LOCALIDAD:
Alcázar de San Juan.
REQUISITOS:
B1. Jornada completa. De lunes a viernes.
INTERESADOS:
Enviar CV a la dirección de correo electrónico:
info@orlandofernandezsl.com

OFERTA DE EMPLEO:
Profesora de Inglés nativa.
LOCALIDAD:
Puertollano.
REQUISITOS:
Nativo inglés. Titulación relacionada con la educación o la formación.
INTERESADOS:
Enviar CV a la dirección de correo electrónico:
raquel@elparquededulcinea.es

OFERTA DE EMPLEO:
Docente Preparador-a Prueba de Acceso Superior.
LOCALIDAD:
Puertollano.
REQUISITOS:
Academia de nueva apertura. Busca profesor para las asignaturas de dibujo técnico y tecnología industrial.
INTERESADOS:
Enviar CV a la dirección de correo electrónico:
centroestudios.didactia@gmail.com



miércoles, 8 de mayo de 2013

ORDEN DE 18/04/2013, DE LA CONSEJERÍA DE EMPLEO Y ECONOMÍA, POR LA QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA PARA EL EJERCICIO 2013, DE LAS AYUDAS RECOGIDAS EN EL DECRETO 97/2012, DE 19 DE JULIO, POR EL QUE SE ESTABLECEN EN EL MARCO DEL EMPRENDIMIENTO, LAS BASES REGULADORAS DE SUBVENCIONES RELATIVAS AL PLAN DE FOMENTO DEL EMPRENDEDOR AUTÓNOMO Y PYME DESTINADAS A LAS INICIATIVAS DE AUTOEMPLEO DE CASTILLA- LA MANCHA.

La presente Orden tiene por objeto convocar para el ejercicio presupuestario de 2013, en régimen de concesión directa, la concesión de las subvenciones establecidas por el Decreto 97/2012, de 19 de julio.

Serán subvencionables las siguientes líneas de ayuda:

1. Empléate: Ayuda al establecimiento por cuenta propia del emprendedor: Apoyo inicial al establecimiento de la actividad emprendedora que contribuya al sostenimiento y relanzamiento del trabajador autónomo o por cuenta propia.

2. Consolídate: Ayuda a la consolidación del emprendedor. Con dos clases distintas de ayudas económicas:
- La ayuda destinada a conciliar la vida laboral, familiar y personal a la mujer titular del establecimiento en Alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores Autónomos o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, promoviendo el mantenimiento de la actividad empresarial en los supuestos de maternidad, adopción o acogimiento preadoptivo. Está condicionada a que la titular emprendedora contrate por primera vez, a jornada completa o a tiempo parcial, a una persona desempleada e inscrita como demandante de empleo en las oficinas de empleo de Castilla La Mancha, que realice su trabajo en la actividad emprendedora sustituyendo a la misma.
Se excluye en estos casos la contratación de familiares hasta el segundo grado por consanguinidad o afinidad.
- La ayuda destinada al autónomo colaborador del titular del establecimiento, que causa Alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores Autónomos (en adelante RETA) o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, por ser éste cónyuge o persona con relación análoga de convivencia, ascendiente o descendiente por consanguinidad o afinidad hasta segundo grado inclusive, y en su caso por adopción.

3. Tutélate: Ayuda para la asistencia técnica al emprendedor. Consiste en financiar parcialmente la contratación, durante la puesta en marcha de la actividad, de los servicios externos necesarios para mejorar el desarrollo de la actividad profesional, así como para la realización de estudios de viabilidad, organización, comercialización, diagnosis u otros de naturaleza análoga. No serán subvencionables los servicios de gestoría administrativa y de asesoría fiscal, laboral y contable.

Serán objeto de estas ayudas las acciones cuyas fechas de alta en los correspondientes regímenes se hubieran producido entre el 1 de agosto de 2012 y el 30 de junio de 2013, de la forma siguiente:
- Por los trabajadores por cuenta propia a título principal pertenecientes a las líneas empléate y tutélate, en el RETA o Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente.
- Por el trabajador contratado o colaborador pertenecientes a la línea consolídate, en el Régimen General de la Seguridad Social o en el RETA o Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, respectivamente.

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas:
- Las personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo, en la correspondiente Oficina de Empleo de Castilla-La Mancha, con carácter previo al inicio de la actividad como trabajador autónomo o como colaborador.
- En el caso de solicitar la ayuda destinada a conciliar la vida laboral, familiar y personal de la titular del establecimiento, será persona beneficiaria la mujer que se encuentre en alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, y contrate por primera vez a jornada completa o a tiempo parcial a una persona desempleada e inscrita como demandante de empleo en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha, con objeto de realizar su actividad emprendedora, sustituyendo a la titular.

La actividad empresarial que pretenda desarrollar el emprendedor no podrá simultanearse en ningún caso con cualquier otra actividad por cuenta ajena.

Requisitos de los beneficiarios:
- Establecerse por cuenta propia y ubicar su centro de trabajo o lugar de ejercicio de su actividad empresarial o profesional y su domicilio fiscal en el territorio de la Comunidad de Castilla-La Mancha.
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como encontrarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones públicas.
- No estar incurso en ninguno de los supuestos de incompatibilidad que contempla la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, de conformidad con lo expuesto en el artículo 74.2 del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, o en aquellos regulados en la legislación electoral de aplicación.
- No encontrarse incurso en ninguna de las otras circunstancias que determina el artículo 13 apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- En el caso de solicitar la ayuda destinada a conciliar la vida laboral, familiar y personal del titular del establecimiento, disponer de un plan de prevención de riesgos laborales, en el supuesto de efectuar la contratación de un trabajador por cuenta ajena.
- Si se solicita la ayuda para actuar como colaborador de un autónomo a título principal, el beneficiario deberá ser, respecto del titular principal, su cónyuge o persona con relación análoga de convivencia, ascendiente o descendiente por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado y, en su caso, por adopción.

Son obligaciones de los beneficiarios:
- Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de la ayuda.
- Para las líneas de ayuda Empléate y Consolídate en el supuesto, ésta última, de autónomo colaborador, mantener la actividad económica y el alta en la Seguridad Social o equivalente durante al menos tres años ininterrumpidos, contados a partir de su alta en el régimen de la Seguridad Social, o en la Mutualidad del Colegio Profesional que corresponda.
- Para la línea de ayuda Concíliate, relativa a conciliar la vida laboral, familiar y personal a la mujer, mantener el contrato de trabajo hasta la finalización de la sustitución de la prestación por maternidad, adopción o acogimiento preadoptivo.
- Comunicar a la Dirección General competente en materia de empleo en un plazo no superior a 30 días, cualquier modificación que se produzca respecto a los datos identificativos o a las circunstancias tenidas en cuenta en el momento de la concesión, así como de los compromisos y obligaciones asumidas por el beneficiario.
- Cumplir el resto de las obligaciones contenidas en el art. 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Las cuantías de las ayudas variará en función de las diferentes líneas de subvenciones y del colectivo en que esté encuadrada la persona beneficiaria:

Empléate:
- 2.000 euros, si el tiempo de las personas desempleadas, no ocupadas e inscritas como demandantes de empleo no es superior a un mes cuando se formalice el alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional.
- 2.500 euros, si el tiempo de las personas desempleadas, no ocupadas e inscritas como demandantes de empleo es superior a un mes cuando se formalice el alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional.

Las cuantías citadas anteriormente se incrementarán acumulativamente en los importes y supuestos que se indican a continuación:
- Si la persona que se establece por cuenta propia se encuentra dentro de algunas de las siguientes circunstancias, sin que puedan considerarse acumulativas, 1.000 euros adicionales:

- Joven desempleado menor de 30 años.
- Mujer que con anterioridad no haya tenido un trabajo remunerado y realice su primera actividad.
- Mujer que realice una actividad con menor índice de empleo femenino.
- Desempleados de larga duración.

- Si la persona que se establece por cuenta propia tiene reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33%, 500 euros adicionales.

- Si el establecimiento se lleva a cabo en alguno de los siguientes sectores, 500 euros adicionales:
- De vida cotidiana: Servicios a domicilio, atención a la infancia, ayuda a los jóvenes en dificultades, mediación y resolución en la solución de conflictos, nuevas tecnologías de la información y la comunicación y prevención de riesgos laborales.
- De mejora de la calidad de vida: Mejora de la vivienda, servicios de seguridad, transportes colectivos locales, revalorización de espacios urbanos, comercios de proximidad y gestión de la energía.
- De ocio: Turismo, deporte, sector audiovisual, valorización del patrimonio cultural, actividad cinegética y desarrollo cultural local.
- De medioambiente: Gestión de residuos, gestión del agua, protección y mantenimiento de zonas naturales, control de la contaminación y gestión medioambiental.

Consolídate:
- El importe de la ayuda destinada a conciliar la vida laboral, familiar y personal de la titular del establecimiento, será de 250 euros/semana hasta un máximo de 24 semanas, si el contrato de trabajo es a tiempo completo. En el caso de contrato a tiempo parcial, la cuantía de reducirá proporcionalmente.
- La ayuda destinada al autónomo colaborador del titular del establecimiento, desempleado e inscrito como demandante de empleo, que causa Alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, por ser este su cónyuge o persona con relación análoga de convivencia, ascendiente o descendiente por consanguinidad o afinidad hasta segundo grado inclusive, y en su caso por adopción, será de 1.000 euros.

Tutélate:
La cuantía de esta subvención, que se concederá de una sola vez, será de hasta el 75% del coste de los servicios prestados, con un máximo de 2.000 euros. En todo caso se excluye el IVA recuperable.

El periodo de presentación de las solicitudes de ayuda, se extenderá desde el día de entrada en vigor de esta Orden hasta el día 10 de octubre de 2013.



martes, 7 de mayo de 2013

ORDEN 30/04/2013, DE LA CONSEJERÍA DE FOMENTO, POR LA QUE SE ESTABLECEN Y CONVOCAN AYUDAS AL ARRENDAMIENTO DE VIVIENDAS.

Serán objeto de subvención las actuaciones y situaciones destinadas al fomento del alquiler de viviendas, siempre que se cumplan los requisitos exigidos para ello.

La concesión de las ayudas previstas en la presente Orden estará limitada a la disponibilidad presupuestaria de la Consejería de Fomento de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Podrán ser beneficiarios de las prestaciones contempladas en esta línea de ayudas, las personas físicas mayores de edad, que reúnan las siguientes condiciones:

a) Ser titular de un contrato de arrendamiento de vivienda en calidad de arrendatario, y de conformidad con la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, debiendo situarse dicho inmueble en territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. El contrato de arrendamiento referido deberá tener una duración no inferior a un año y contener una cláusula de prohibición de cesión o subarriendo.
También aquellas personas que pretendan suscribir un contrato de arrendamiento de vivienda, siempre que se reúnan el resto de las exigencias previstas en la presente Orden, y se aporte el contrato de arrendamiento de vivienda que se suscriba, en el tiempo y forma que esta Orden señale.
b) Que la vivienda arrendada constituya la residencia habitual y permanente del arrendatario.
c) Que todas las personas que tengan o vayan a tener su domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada, posean nacionalidad española, o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, o del Espacio Económico Europeo.
En el caso de los ciudadanos extranjeros, éstos deberán tener residencia legal y permanente en España.
d) Que los ingresos de las personas que tengan su domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada, figuren o no como titulares del contrato de arrendamiento, sean, en conjunto, superiores a 0,5 veces el Iprem, e inferiores a 3 veces el Iprem, determinado de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4 de la presente Orden.
e) Que la renta establecida en el contrato de arrendamiento de vivienda y los gastos de comunidad, en el caso de que procedan, y siempre que se haya pactado su satisfacción por la parte arrendataria, no supere la cuantía total de 500 euros mensuales. En el caso de que la parte arrendataria venga constituida por una familia numerosa, el límite de la cuantía mencionada no podrá superar los 600 euros mensuales.
f) Tener el domicilio fiscal en la Comunidad de Castilla-La Mancha.

No será exigible el cumplimiento de los requisitos previstos en los apartados b), f), ni el relativo al límite mínimo de ingresos exigidos en la letra d), de este artículo, en los siguientes supuestos:

Mujeres víctimas de violencia de género.
• Víctimas del terrorismo.
• Personas afectadas por situaciones catastróficas.
• Personas dependientes o con discapacidad oficialmente reconocida, y las familias con dependientes a su cargo.
• Personas sin hogar, procedentes de operaciones de erradicación del chabolismo.
• Deudores hipotecarios desahuciados en procedimientos de ejecución, e inmersos en procesos de intervención social.
• Otros colectivos en situación o riesgo de exclusión social.

Las ayudas tendrán una cuantía del 40% de la renta anual que deban satisfacer por el alquiler de su vivienda habitual, con un límite máximo de 200 euros mensuales por vivienda (2.400 € anuales).

Estas ayudas se concederán por un plazo de doce meses, prorrogables a solicitud del interesado, hasta en un máximo de otros doce meses, siempre que se mantengan las condiciones señaladas en la presente Orden.

En el caso de que figuren varios arrendatarios en el contrato, las cuantías de las ayudas a cada uno de los que tengan derecho a las mismas, serán el resultado de dividir las cantidades a que se refiere el apartado anterior por el número total de arrendatarios.

El reconocimiento de estas ayudas así como su abono tendrán efectos desde el mes siguiente a su solicitud.

Para percibir la ayuda al arrendamiento serán requisitos imprescindibles:

• La domiciliación de esta ayuda en alguna entidad financiera o de crédito.
• La domiciliación del pago de la renta en una entidad financiera o de crédito.
• Estar al corriente del pago con la renta derivada del contrato de arrendamiento de la vivienda objeto de la actuación.
• Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

El mantenimiento de las ayudas exigirá el mantenimiento de las condiciones que habilitan para el reconocimiento del derecho a esta ayuda. En el caso de que se produzca una variación en las condiciones que motivaron el reconocimiento del derecho a la ayuda, el beneficiario deberá comunicar, a los Servicios Periféricos de la Consejería de Fomento que reconocieron la prestación, la alteración que se hubiera producido en el plazo de los 10 días hábiles siguientes en que se produjo el cambio.

Cuando el beneficiario de esta ayuda, suscriba un nuevo contrato de arrendamiento de vivienda, y cambie su domicilio a esta última, quedará obligado a comunicar dicho cambio en el plazo de los 10 días hábiles siguientes al de la fecha de suscripción del nuevo contrato de arrendamiento, a los Servicios Periféricos de la Consejería de Fomento que reconocieron la prestación, sin que pierda por ese motivo su derecho a la subvención, siempre que el nuevo contrato de arrendamiento no suponga interrupción temporal y cumpla con los límites y condiciones establecidos en la presente Orden, ajustándose de forma automática, en su caso, la cuantía de la ayuda a la del nuevo arrendamiento.

La falta de pago de cualquiera de las mensualidades de la renta determinará la pérdida total de la subvención y la reclamación de las cantidades ya abonadas, incrementadas con los intereses de demora desde su percepción.

Acreditación y verificación de las condiciones exigidas:

- La identidad del solicitante o solicitantes.
- La nacionalidad española o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, de todas las personas que tengan su domicilio en la vivienda arrendada.
- La residencia legal y permanente en España, para el caso de que las personas que tengan domicilio habitual en la vivienda arrendada sean extranjeros.
- Copia del contrato escrito de arrendamiento de vivienda. En el caso de las personas que vayan a suscribir un contrato de arrendamiento de vivienda y aún no lo hayan formalizado, la copia del contrato deberá aportarse en el plazo de 10 días hábiles desde la propuesta de resolución notificada al interesado.
- La referencia catastral de la vivienda objeto del contrato de arrendamiento así como el número de identificación fiscal del arrendador.
- Cuando el pago de la renta se satisfaga mediante transferencia bancaria, deberá constar en el expediente, el número de la cuenta del beneficiario a través de la que se efectuará el pago mencionado, y el número de la cuenta o cuentas bancarias previstas para el cobro de las ayudas, así como también el número de la cuenta bancaria del arrendador a la que el beneficiario transferirá el pago mensual del arrendamiento.
- Cuando el pago de la renta se efectúe mediante el cargo de recibos domiciliados, el solicitante tendrá que aportar copia del último recibo bancario que se haya cobrado, en el que consten los datos de la domiciliación del recibo relativos al NIF y sufijo de identificación del emisor de la carta de pago, así como la referencia, a efectos de su inclusión en la resolución definitiva.
- Volante o certificado de empadronamiento de todas las personas que residan en la vivienda arrendada, a los efectos de justificar que dichas personas tienen su domicilio habitual en ella.
- Los datos de los ingresos del solicitante o de la unidad, vendrán dados por la información obrante en la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
- Declaración responsable acerca del cumplimiento de las exigencias previstas en el artículo 5.2 de la presente Orden.
- Aportación trimestral de los justificantes bancarios del pago del arrendamiento, a fin de justificar el cumplimiento del pago de la renta.
- Copia del recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles relativo a las viviendas titularidad del solicitante, donde se refleje el valor de los mismos.
- Certificado del Registro de la Propiedad, de titularidades inmobiliarias ubicadas en territorio español.
- Autorización a la Consejería de Fomento para que pueda solicitar a las Administraciones u organismos públicos competentes, la información que resulte necesaria para acreditar y verificar el cumplimiento o mantenimiento de los requisitos que motivaron la concesión de la ayuda.

Estas ayudas se abonaran al arrendatario a trimestre natural vencido, previa justificación de las mismas en los términos establecidos en el artículo siguiente.

La justificación de las ayudas recibidas deberá realizarse mediante la presentación de la correspondiente solicitud de abono, que deberá presentarse en el plazo de un mes desde el trimestre natural vencido. A dicha solicitud habrá de adjuntarse la documentación acreditativa del cumplimiento de los compromisos asumidos.

Las solicitudes para la concesión de las ayudas reguladas en la presente Orden deberán presentarse dentro del período temporal comprendido entre la entrada en vigor de esta norma y el 30 de diciembre de 2013.



lunes, 6 de mayo de 2013

OFERTA DE EMPLEO:

2 Asesores Comerciales.
LOCALIDAD:
Ciudad Real.
REQUISITOS:
Para Vodafone. Con experiencia en sectores diversos: seguro, editorial, telecomunicaciones, informática y servicios. Salario fijo más variable trimestral por objetivos. Gastos de gasoil y teléfono de empresa.
INTERESADOS:
Enviar CV a la dirección de correo electrónico:
bolsaempleo@martinezyasociados.es

OFERTA DE EMPLEO:
2 Técnicos de soporte informático.
LOCALIDAD:
Ciudad Real (Balidea Consulting).
REQUISITOS:
FPI o ciclo grado medio de Informática. Más de 2 años de experiencia. B1 y vehículo propio. Jornada completa en horario partido.
INTERESADOS:
Insertar CV en: www.balidea.com

OFERTA DE EMPLEO:
2 Personal de Limpieza.
LOCALIDAD:
Puertollano (Geslim d Levante, s.l)
REQUISITOS:
Para oficinas, instalaciones y maquinaria industrial. Jornada parcial. Estudios primarios y experiencia mínima de 6 meses.
INTERESADOS:
Enviar CV a: punto de encuentro www.sepe.es

OFERTA DE EMPLEO:
Agente y Comercial en Departamento de Explotación.
LOCALIDAD:
Picón (Ciudad Real).
REQUISITOS:
Conocimiento fluido de idiomas ruso y/o polaco e inglés. Experiencia en comercio exterior. Contrato de obra y servicio de 6 meses.
INTERESADOS:
Enviar CV con fotografía a:
ofertas.oecr@jccm.es
Asunto: oferta 07/2013/001803

OFERTA DE EMPLEO:
4 Puestos de Montador de Instalaciones de Climatización para trabajar en París.
LOCALIDAD:
Campo de Criptana (Grupo Criptana).
REQUISITOS:
Experiencia en montajes. Conocimientos de francés. Curso de PRL de 8 a 20 horas en construcción. Contrato de obra.
INTERESADOS:
Enviar CV a la dirección de correo electrónico:
administración@grupocriptana.com o pedir cita previa al teléfono 926.563.547 (Sr. Anastasio)

OFERTA DE EMPLEO:
Mecánico de vehículos Oficial de 1ª
LOCALIDAD:
Alcázar de San Juan (Ciudad Real).
REQUISITOS:
Con experiencia. Mayores de 45 años. Duración del contrato a determinar. Jornada completa.
INTERESADOS:
Llamar al teléfono 636.55.61.69 (Sr. Boni. Horario de llamadas tarde de 21 a 23 horas).

OFERTA DE EMPLEO:
Tornero fresador.
LOCALIDAD:
Daimiel (Ciudad Real).
REQUISITOS:
Experiencia en control numérico, centros de mecanizado y torno. Oficial de 1ª o 2ª. Mínimo 4 años de experiencia. Formación profesional de grado superior o medio.
INTERESADOS:
Enviar CV a la dirección de correo electrónico:
ofertas.oedaimiel@jccm.es